Me di un tiempo para revisar la E030, ya que me entro curiosidad después de la observaciones encontradas con respecto al parámetro de pórticos ordinarios.

En principio revise los rangos para definir el tipo de suelo y tome como base la ASCE-7 que es la base de varias normas sismo-resistente en diferentes países. En la ASCE 7 no aplica el SPT para los suelos rígidos y es razonable ya que el SPT es solo para suelos granulares (arenas) pero con la salvedad que muy raras veces se encuentran suelos granulares muy densos, pero no seria el caso. En la norma peruana para suelos tipo roca o rígidos S1 nos indica un SPT mayor a 50 pero esto es rechazo no quedando bien definido el tipo de suelo, con esto le doy la razón al ASCE 7 que indica que SPT no aplica.
con esto podríamos decir que para analizar un suelo S0 o S1 necesitamos un ensayo geofisico que muy pocas veces se hacen. Continuando con la revisión S2 no esta bien definido por el mismo echo que el SPT no aplica para S1.
Después de revisar el tema de los suelos, revise la Reducción de resistencias R, sobre todo en Acero encontré que hay varios parámetros que no son razonables quizás por error de tipeo o falta de revisión.
Por ejemplo los pórticos ordinarios esta con R= 6 y el ASCE con R=3.5 esto es lógico que sea 3.5 ya que el elemento debe ser rígido y con poca ductibilidad pero por el contrario la E030 le da Ductilidad.
Así mismo para los otros tipos de pórticos la E030 le da alta ductilidad, ¿ con que sentido? no lo se, imagino reducir costos de obra pero y el riesgo de las vidas como queda.
En Perú son muy pocas las edificaciones de acero, la gran mayoría de estructuras de acero están en las plantas industriales, que al final soportan equipos y tanques químicos y de hidrocarburos.
Pienso que debería de haber una revisión antes que salga o se firme la nueva norma E030 – 2018.






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